{"ley":{"id":"yucatan/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Yucatán","abreviatura":"CPYUC","titulo":"Código Penal del Estado de Yucatán","jurisdiccion":"yucatan","materia":"penal","publicacion_original":"2000-03-30","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán","fuente":"H. Congreso del Estado de Yucatán — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresoyucatan.gob.mx/legislacion/codigos","archivo_url":"https://www.congresoyucatan.gob.mx/storage/legislacion/codigos/82f29302c52b8f05f225b761ebba41c0_2026-08-10.pdf","sha256":"f716df160478a6c504d4e4fe4ebd308ba4ffb717e3e15f688e7c5ffff4d4259a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/","notas_verificacion":["78 encabezados de decreto de reforma ('DECRETO 624') impresos sin línea en blanco bajo las firmas del decreto anterior abren su propio grupo de transitorios.","15 notas de reforma de encabezados ('Título adicionado DO …', 'Capítulo adicionado DO …') se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","4 notas al pie de página ('* De conformidad en el Decreto 708 …') van en nota_reforma del artículo que lleva la marca '*' en esa página (arts. 1, 15); se omiten las repetidas.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «H. Congreso del Estado de Yucatán», «Secretaría General del Poder Legislativo», «Unidad de Servicios Técnico-Legislativos», «Última reforma …» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con el índice del código y el decreto de promulgación; el articulado empieza después del título del código impreso bajo «decreta:».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado DO …', 'Párrafo reformado DO …') se conservan literales como párrafo propio del artículo.","Rótulo con errata de la fuente que se lee como rótulo: 'Artículo 394.- Quater.' (se publica como 394 Quater)."]},"articulo":{"numero":"394 Sexies","clave":"394sexies","slug":"394-sexies","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO VIGÉSIMO. DELITOS CONTRA LA VIDA E INTEGRIDAD CORPORAL","CAPÍTULO XI. Suicidio Feminicida"],"texto":"Comete el delito de suicidio feminicida, quien induzca, obligue o preste ayuda a una persona del género femenino para privarse la vida, valiéndose de cualquiera de las siguientes circunstancias:\n\nI. Que le preceda cualquiera de los tipos o modalidades de violencia contemplados en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán.\n\nII. Que él o la responsable se haya aprovechado de cualquier situación de poder, de riesgo o condición física o psíquica en que se encontrare la víctima, por haberse ejercido contra ésta, cualquiera de los tipos o modalidades de violencia contemplados en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán.\n\nIII. Que, quien induzca, obligue o preste ayuda se haya aprovechado de la superioridad generada por las relaciones preexistentes o existentes con la víctima.\n\nLa persona que cometa el delito de suicidio feminicida, será sancionada con prisión de cinco a diez años.\n\nSi la ayuda se prestare hasta el punto de ejecutar él o la responsable la muerte, la sanción será la que corresponda al feminicidio, según las circunstancias y modos de ejecución.\n\nSi el suicidio no se llevara a efecto por cualquier circunstancia, se le considerará como tentativa del delito de suicidio feminicida; pero si su intento produce lesiones, las sanciones serán de conformidad con lo establecido en este código para las lesiones en razón de género.\n\nArtículo adicionado D.O. 07-06-2022","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-394-sexies/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-394-sexies.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"130","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-130/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"120","epigrafe":"Feminicidio","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-120/"},{"ley":"guerrero/codigo-penal","numero":"153 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-153-ter/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"148 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-148-bis/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"224 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-224-bis/"}]}},"cita":"Artículo 394 Sexies, Código Penal de Yucatán (Yucatán). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-394-sexies/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}