{"ley":{"id":"zacatecas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Zacatecas","abreviatura":"CCZAC","titulo":"Código Civil del Estado de Zacatecas","jurisdiccion":"zacatecas","materia":"civil","publicacion_original":"1986-05-24","ultima_reforma":"2026-07-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas","fuente":"H. Legislatura del Estado de Zacatecas — Marco jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresozac.gob.mx/f/todojuridico&cat=CODIGO","archivo_url":"https://www.congresozac.gob.mx/65/ley&cual=101","sha256":"b68cded5b741c9b44d795e9bca0f02b2745238f08838ca2e35c2338b3b5d6fcb","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/","notas_verificacion":["párrafo fuera de artículo omitido: 'Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el sábado 24 d'","8 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Los encabezados sin rótulo que siguen uno a otro dentro del mismo capítulo ('DE LOS EFECTOS DEL REGISTRO', 'DE LA PRELACIÓN') se publican como encabezados hermanos, no anidados.","Texto tomado de la página HTML oficial de la Legislatura (Marco jurídico, Códigos), que publica el texto consolidado; los PDF enlazados en esa página son los decretos de reforma del Periódico Oficial. Un párrafo = un elemento <p>; un salto de línea (<br>) dentro de un párrafo abre otro párrafo.","Las notas de reforma que la fuente imprime en cursiva después del texto ('Artículo reformado POG …', 'Párrafo adicionado POG …') se conservan literales como párrafo propio del artículo.","La fuente imprime dos veces seguidas el artículo 1513 (mismo rótulo y mismo texto): se publica una vez. Rótulos en la fuente: 2550; artículos distintos: 2549."]},"articulo":{"numero":"1433","clave":"1433","slug":"1433","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS OBLIGACIONES","PRIMERA PARTE. DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL DISPOSICIONES GENERALES","TÍTULO QUINTO. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES","CAPÍTULO PRIMERO. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES"],"texto":"El que estuviere obligado a prestar un hecho y dejare de prestarlo o no lo prestare conforme a lo convenido, será responsable de los daños y perjuicios.\n\nSi la obligación fuere a plazo comenzará la responsabilidad desde el vencimiento de éste.\n\nSi la obligación no dependiere de plazo cierto y se tratare de la cesión de créditos a título gratuito, el cedente no será responsable para con el cesionario, ni por la existencia del crédito, ni por la solvencia del deudor.\n\nEl que contraviene una obligación de no hacer; pagará daños y perjuicios por el solo hecho de la contravención.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-1433/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-1433.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"zacatecas/codigo-civil","numero":"1434","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-1434/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"yucatan/codigo-civil","numero":"1276","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-civil/articulo-1276/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2284","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2284/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1990","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1990/"},{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1511","epigrafe":"SUPUESTO TERMINOS PARA LA INDEMNIZACION POR DAÑOS PERJUICIOS","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1511/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"2295","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2295/"}]}},"cita":"Artículo 1433, Código Civil de Zacatecas (Zacatecas). Texto vigente, última reforma 18 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-1433/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}