{"ley":{"id":"zacatecas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Zacatecas","abreviatura":"CCZAC","titulo":"Código Civil del Estado de Zacatecas","jurisdiccion":"zacatecas","materia":"civil","publicacion_original":"1986-05-24","ultima_reforma":"2026-07-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas","fuente":"H. Legislatura del Estado de Zacatecas — Marco jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresozac.gob.mx/f/todojuridico&cat=CODIGO","archivo_url":"https://www.congresozac.gob.mx/65/ley&cual=101","sha256":"b68cded5b741c9b44d795e9bca0f02b2745238f08838ca2e35c2338b3b5d6fcb","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/","notas_verificacion":["párrafo fuera de artículo omitido: 'Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el sábado 24 d'","8 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Los encabezados sin rótulo que siguen uno a otro dentro del mismo capítulo ('DE LOS EFECTOS DEL REGISTRO', 'DE LA PRELACIÓN') se publican como encabezados hermanos, no anidados.","Texto tomado de la página HTML oficial de la Legislatura (Marco jurídico, Códigos), que publica el texto consolidado; los PDF enlazados en esa página son los decretos de reforma del Periódico Oficial. Un párrafo = un elemento <p>; un salto de línea (<br>) dentro de un párrafo abre otro párrafo.","Las notas de reforma que la fuente imprime en cursiva después del texto ('Artículo reformado POG …', 'Párrafo adicionado POG …') se conservan literales como párrafo propio del artículo.","La fuente imprime dos veces seguidas el artículo 1513 (mismo rótulo y mismo texto): se publica una vez. Rótulos en la fuente: 2550; artículos distintos: 2549."]},"articulo":{"numero":"392","clave":"392","slug":"392","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES Y DE LOS DERECHOS REALES","TÍTULO SEXTO. DE LAS SERVIDUMBRES","CAPÍTULO TERCERO. DE LAS SERVIDUMBRES LEGALES DE AGUA"],"texto":"El que pretenda usar el derecho consignado en el artículo 384, debe previamente:\n\nI. Justificar que puede disponer del agua que pretende conducir;\n\nII. Acreditar que el paso que solicita es el más conveniente para el uso a que destina el agua;\n\nIII. Acreditar que dicho paso es el menos oneroso para los predios por donde debe pasar el agua;\n\nIV. Pagar el valor del terreno que ha de ocupar el canal, según estimación de peritos y un veinticinco por ciento más;\n\nV. Resarcir los daños y perjuicios inmediatos, con inclusión del que resulte por dividirse en dos o más partes el predio sirviente y de cualquier otro deterioro, y garantizar los mediatos que resulten por el ejercicio indebido de su derecho.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-392/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-392.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"zacatecas/codigo-civil","numero":"395","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-395/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"michoacan/codigo-civil","numero":"357","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-357/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1161","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1161/"},{"ley":"oaxaca/codigo-civil","numero":"1088","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-1088/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"981","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-981/"},{"ley":"nayarit/codigo-civil","numero":"1070","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-1070/"}]}},"cita":"Artículo 392, Código Civil de Zacatecas (Zacatecas). Texto vigente, última reforma 18 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-392/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}