{"ley":{"id":"zacatecas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Zacatecas","abreviatura":"CPZAC","titulo":"Código Penal para el Estado de Zacatecas","jurisdiccion":"zacatecas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-05-17","ultima_reforma":"2026-09-16","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas","fuente":"H. Legislatura del Estado de Zacatecas — Marco jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresozac.gob.mx/f/todojuridico&cat=CODIGO","archivo_url":"https://www.congresozac.gob.mx/65/ley&cual=103","sha256":"fcd501c144e6b571533beefc6d8d18c5af56637dc155a1765be16b5b1477f699","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Texto tomado de la página HTML oficial de la Legislatura (Marco jurídico, Códigos), que publica el texto consolidado; los PDF enlazados en esa página son los decretos de reforma del Periódico Oficial. Un párrafo = un elemento <p>; un salto de línea (<br>) dentro de un párrafo abre otro párrafo.","Las notas de reforma que la fuente imprime en cursiva después del texto ('Artículo reformado POG …', 'Párrafo adicionado POG …') se conservan literales como párrafo propio del artículo.","519 fracciones e incisos de la fuente son listas numeradas de HTML (<ol type=\"I\" start=\"2\">): el número que muestra la página ('II.', 'b.') se escribe antes del texto.","Errata de la fuente en un encabezado: 'TIÍTULO SEXTO' se lee como 'TÍTULO SEXTO'.","74 notas de reforma de encabezados ('Capítulo adicionado POG …') se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","67 artículos sin texto propio (solo el rótulo y la nota 'Artículo … derogado POG …') se marcan como derogados: 37, 38, 61, 72, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 129, 135, 136, 137, 138, 185, 186, 187, 187 Bis, 188, 189, 195 Ter, 195 Quater, 195 Quintus, 195 Sextus, 201, 234, 235, 247, 248, 249, 250, 265 Bis, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 271 Bis, 271 Ter, 271 Quáter, 272, 273, 280, 282, 308, 341 Bis, 364, 371, 372, 373, 374, 375, 376, 377, 378, 379, 380, 381, 382, 383, 384, 385."]},"articulo":{"numero":"254 Quater","clave":"254quater","slug":"254-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO DÉCIMO TERCERO. DELITOS CONTRA EL ORDEN DE LA FAMILIA","CAPÍTULO VIII. VIOLENCIA FAMILIAR"],"texto":"A quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de dos a seis años de prisión, multa de cincuenta a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento en que se cometió el delito.\n\nPárrafo reformado POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nPárrafo reformado POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\n…\n\nPárrafo derogado POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nTambién se incurrirá en este delito cuando la violencia se cometa fuera del domicilio familiar en contra del cónyuge que se ha separado de dicho domicilio, de la concubina o concubinario con quien procreó hijos, de los hijos de ambos o de los hijos en contra de sus progenitores.\n\nArtículo adicionado POG 22 de agosto de 2001 (Decreto 314);\n\nReformado 4 de agosto de 2012 (Decreto 414),\n\nPárrafo reformado POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nAsimismo, quien cometa el delito de violencia familiar se sujetará a tratamiento psicoterapéutico reeducativo especializado para personas agresoras que refiere la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas, el que en ningún caso excederá del tiempo impuesto en la pena de prisión.\n\nPárrafo adicionado POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nLos delitos previstos en este Capítulo, se considerarán graves y se perseguirán de oficio cuando:\n\nPárrafo adicionado POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nPárrafo reformado POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nI. La víctima sea niño, niña o adolescente o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o posibilidad para resistir la conducta delictuosa;\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nFracción reformada POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nII. La víctima sea mayor de sesenta años de edad;\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nIII. La víctima sea mujer en estado de embarazo o durante los tres meses posteriores al parto;\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nIV. Se cometa con la participación de dos o más personas;\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nV. Se cometa con el uso de armas de fuego o punzocortantes;\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nVI. Se deje cicatriz permanente en alguna parte del cuerpo;\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nVII. Se tengan documentados antecedentes o denuncia de violencia familiar cometidos por el mismo agresor contra la víctima; o\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nVIII. Exista imposibilidad material de la víctima de denunciar o se cometa violencia a través de interpósita persona, mediante las conductas por las que puede actualizarse conforme lo establece la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias para el Estado de Zacatecas;\n\nFracción adicionada POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)\n\nFracción reformada POG 04 de mayo de 2022 (Decreto 95)\n\nFracción reformada POG 22 de agosto de 2026 (Decreto 334)\n\nIX. La persona agresora viva con sus padres y la agresión se dirija a uno de ellos;\n\nFracción adicionada POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nX. La persona agresora haya quebrantado medidas de protección o cautelares, tendientes éstas a la protección de la víctima;\n\nFracción adicionada POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nXI. La persona agresora consuma alguna droga, estupefaciente o padezca de alcoholismo recurrente;\n\nFracción adicionada POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nXII. La persona agresora pertenezca a alguna institución policial de seguridad pública, o realice funciones de seguridad aun y cuando sean temporales;\n\nFracción adicionada POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nXIII. La persona agresora posea o porte armas, o\n\nFracción adicionada POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nXIV. La persona agresora tenga algún padecimiento psiquiátrico\n\nFracción adicionada POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nA quien cometa el delito de violencia familiar grave a que se refiere éste artículo, se le impondrán de tres a ocho años de prisión, multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento en que se cometió el delito.\n\nPárrafo adicionado POG 08 de junio de 2022 (Decreto 798)\n\nLas punibilidades previstas en este Capítulo, se aplicarán independientemente de la que resulte por la comisión de otros delitos.\n\nPárrafo adicionado POG 1 de junio de 2016 (Decreto 588)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/articulo-254-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/articulo-254-quater.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"405","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-405/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"176-Quáter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-176-quater/"},{"ley":"guerrero/codigo-penal","numero":"200","epigrafe":"Violencia familiar equiparada","url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-200/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"199","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-199/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"251","epigrafe":"Violencia familiar","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-251/"}]}},"cita":"Artículo 254 Quater, Código Penal de Zacatecas (Zacatecas). Texto vigente, última reforma 16 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/articulo-254-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}