# Artículo 49, Código de Comercio

- Ley: Código de Comercio
- Ubicación: LIBRO PRIMERO › TITULO SEGUNDO. De las Obligaciones Comunes a todos los que Profesan el Comercio › CAPITULO IV. De la Correspondencia
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de noviembre de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCom.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-49/
- Cómo citar: Artículo 49, Código de Comercio. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-49/
- Nota de verificación: Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-14; index.htm dice 2026-02-18, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 18-02-2026» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).
- Nota de verificación: Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «De las Formas y Efectos del Contrato de Fletamento».

## Texto

Los comerciantes están obligados a conservar por un plazo mínimo de diez años los originales de aquellas cartas, telegramas, mensajes de datos o cualesquiera otros documentos en que se consignen contratos, convenios o compromisos que den nacimiento a derechos y obligaciones.

Para efectos de la conservación o presentación de originales, en el caso de mensajes de datos, se requerirá que la información se haya mantenido íntegra e inalterada a partir del momento en que se generó por primera vez en su forma definitiva y sea accesible para su ulterior consulta. La Secretaría de Economía emitirá la Norma Oficial Mexicana que establezca los requisitos que deberán observarse para la conservación de mensajes de datos.

> Nota de la fuente: Párrafo reformado DOF 09-04-2012; Artículo reformado DOF 23-01-1981, 29-05-2000

## Citado por

- Artículo 48, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-48/
- Artículo 90 Bis, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-90-bis/
- Artículo 91, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-91/
- Artículo 92, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-92/
- Artículo 93 Bis, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-93-bis/
- Artículo 35, Ley Federal de Procedimiento Administrativo — https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-administrativo/articulo-35/

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- Artículo 47, Código de Comercio — https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-47/
- Artículo 65 Bis 4, Ley Federal de Protección al Consumidor — https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-65-bis-4/
- Artículo 44, Ley Federal de Protección al Consumidor — https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-44/

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