# Artículo 6, Código Penal de Aguascalientes

- Ley: Código Penal de Aguascalientes (Aguascalientes)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO › PARTE GENERAL › TÍTULO PRIMERO. PRINCIPIOS › CAPÍTULO ÚNICO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes 21 de septiembre de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Aguascalientes — Leyes — https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes/descargarPdf/2481
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-6/
- Cómo citar: Artículo 6, Código Penal de Aguascalientes (Aguascalientes). Texto vigente, última reforma 21 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-6/
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## Texto

Principio Pro Homine. Toda persona será tratada como ser humano sujeto de derechos y no como objeto, respetando su dignidad, seguridad e integridad física, psíquica y moral.

(REFORMADO, P.O. 12 DE JUNIO DE 2023)

En caso de que disposiciones normativas aplicables sean contradictorias, o que de su interpretación o de una norma deriven diversos significados deberá escogerse aquel que beneficie más a la protección y garantía de los derechos humanos, atendiendo a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En el supuesto de que se encuentren enfrentados derechos de diversas personas, deberá observarse, además, las reglas de adecuación, necesidad y proporcionalidad para equilibrar los derechos en la medida de lo posible

(REFORMADO, P.O. 12 DE ENERO DE 2026)

En caso de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes siempre se garantizará el interés superior de la niñez en la aplicación de este Código.

(ADICIONADO, P.O. 12 DE ENERO DE 2026)

En caso de delitos cometidos en contra de personas adultas mayores, siempre se observará el principio de protección especial en los términos de la legislación de la materia en la aplicación de este Código.

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