# Artículo 208-Bis, Código Penal de Baja California

- Ley: Código Penal de Baja California (Baja California)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › PARTE ESPECIAL › TITULO SEXTO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO › CAPITULO I. ROBO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Baja California 28 de agosto de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Baja California — Leyes y Códigos — https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_V/20260828_CODPENAL.PDF
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-208-bis/
- Cómo citar: Artículo 208-Bis, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-208-bis/
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## Texto

Robo de Vehículo. Al que se apodere de un vehículo de motor, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de él con arreglo a la ley, se le impondrá de cinco a doce años de prisión y de quinientos hasta mil días multa.

Si el robo del vehículo se ejecutare con violencia, a la pena impuesta se le agregarán de tres a seis años de prisión.”

> Nota de la fuente: Párrafo Reformado; ; Artículo Adicionado y Reformado; ; Historial de la fuente: Fue adicionado por Decreto No. 54, publicado en el Periódico Oficial No. 16, de fecha 9 de abril de 1999, Tomo CVI, expedido por la H. XVI Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Alejandro González Alcocer 7 de octubre de 1998-2001; fue reformado por Decreto No. 54, publicado en el Periódico Oficial No. 28, de fecha 10 de junio de 2011, Tomo CXVIII, expedido por la H. XX Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. José Guadalupe Osuna Millán 2007-2013;

## Citado por

- Artículo 208-Sextus, Código Penal de Baja California (Baja California) — https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-208-sextus/
- Artículo 234 Bis, Código Penal de Baja California (Baja California) — https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-234-bis/

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