# Artículo 447, Código Civil de la Ciudad de México

- Ley: Código Civil de la Ciudad de México (Ciudad de México)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. De las personas › TITULO OCTAVO. De la patria potestad › CAPITULO III. De la pérdida; suspensión, limitación y terminación de la patria potestad
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Gaceta Oficial de la Ciudad de México 20 de agosto de 2026
- Fuente: Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos — https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.docx
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-447/
- Cómo citar: Artículo 447, Código Civil de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 20 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-447/
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## Texto

La patria potestad se suspende:

I. Por incapacidad declarada judicialmente;

II. Por la ausencia declarada en forma;

III. Cuando el consumo del alcohol, el hábito de juego, el uso no terapéutico de las substancias ilícitas a que hace referencia la Ley General de Salud y de las lícitas no destinadas a ese uso, que produzcan efectos psicotrópicos, amenacen causar algún perjuicio cualquiera que este sea a las y los menores de edad;

IV. Por sentencia condenatoria que imponga como pena esta suspensión;

V. Cuando exista la posibilidad de poner en riesgo la salud, el estado emocional o incluso la vida del o de los descendientes menores de edad por parte de quien conserva la guarda y custodia, o de pariente por consanguinidad o afinidad hasta por el cuarto grado;

VI. Por no permitir que se lleven a cabo las convivencias decretadas por autoridad competente o en convenio aprobado judicialmente,salvo lo dispuesto por la fracción IX del artículo 444 del presente Código; y

VII. En los casos y mientras dure la tutela de las o los menores de edad en situación de desamparo de acuerdo a lo dispuesto en el presente Código y del artículo 902 Código de Procedimientos Civiles.

> Nota de la fuente: (FRACCIÓN REFORMADA G.O.CDMX 28 DE JUNIO DE 2024); (REFORMADA, G.O. 25 DE MAYO DE 2000); (FRACCIÓN REFORMADA, G.O.CDMX 28 DE JUNIO DE 2024); (REFORMADA G.O. 18 DE DICIEMBRE DE 2014); (FRACCIÓN REFORMADA, G.O.CDMX 28 DE JUNIO DE 2024)

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