# Artículo 235, Código Fiscal de la Ciudad de México

- Ley: Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. DE LOS INGRESOS › TÍTULO TERCERO. DE LOS INGRESOS POR CONTRIBUCIONES › CAPÍTULO IX. De los Derechos por la Prestación de Servicios › Sección Octava. De la expedición de Constancias por los Servicios de Alineamiento y Señalamiento de Número Oficial y de la Expedición de Constancias de Zonificación y de Uso de Inmuebles
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Gaceta Oficial de la Ciudad de México 19 de diciembre de 2025
- Fuente: Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos — https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/210126/CODIGO_FISCAL_DE_LA_CDMX_26.1.docx
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-235/
- Cómo citar: Artículo 235, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 19 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-235/
- Nota de verificación: 34 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 113: 'RANGO LÍMITE INFERIOR LÍMITE SUPERIOR CUOTA FIJA FACTOR DE APLICACIÓN SOBRE EL EXCEDENTE D' | 130: 'RANGO LÍMITE INFERIOR DE VALOR CATASTRAL DE UN INMUEBLE LÍMITE SUPERIOR DE VALOR CATASTRAL' | 160: 'MES DE BAJA FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO ANUAL' | 161 Bis 4: 'MES DE ADQUISICIÓN FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 161 Bis 12: 'MES FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 164 Ter 2: 'Nombre del Composición Toneladas Equivalencia' | 164 Ter 2: 'Dióxido de Carbono CO2 1 1' | 164 Ter 2: 'Óxido Nitroso N20 1 265' | 166: 'REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, ADECUACIÓN O REMODELACIÓN DE OBRAS EXISTENTES A B C' | 166: 'DE SERVICIOS BÁSICOS DE AGUA AGUA POTABLE EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE INSTALACIONES SANITARIAS DRENAJE DE AGUAS SERVIDAS EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS VIALIDAD ARTERIAS PRINCIPALES (EXCEPTO EJES VIALES) 48 32 20' | 166: 'EQUIPAMIENTO DE SALUD DE CONSULTA EXTERNA 48 32 20' | 166: 'ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 48 32 20' | 166: 'EDUCACIÓN PREESCOLAR 63 37'
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## Texto

Por los servicios relacionados con la expedición de certificados, licencias, estudios y dictamen que a continuación se indican, se cubrirán por concepto de derechos, las siguientes cuotas:

I. Por el análisis, estudio y, en su caso, expedición de certificado de acreditación de uso del suelo por derechos adquiridos, se pagará el derecho respectivo por cada uno………………………………$2,425.00

II. Por el dictamen de estudio de impacto urbano que efectúe la autoridad competente, modificación o su prórroga:

a). En los proyectos de vivienda que tengan más de 10,000 metros cuadrados de construcción

……………………………………………………………………………………………………………………$4,109.00

b). En los proyectos que incluyan oficinas, comercios, industrias, servicios o equipamientos, por más de 5,000 metros cuadrados de construcción, así como las estaciones de servicio de combustibles y crematorios……………………………………………………………………………………………...$8,203.00

III. Por certificado único de zonificación de uso del suelo……………………………………………….$2,104.00

a). Por certificado único de zonificación de uso de suelo, emitido a través de un sistema electrónico

……………………………………………………………………………………………………………………$2,104.00

b). Por Certificado de Uso del Suelo por Reconocimiento de Actividad, emitido a través de un sistema

Electrónico…………………………………………………………………………………………………. $2,104.00

IV. Dictamen de informe preliminar……………………………………………………………………...$4,090.00

V. Por solicitud de modificación a los programas iniciada a solicitud de una persona distinta de los diputados del Congreso; de un órgano de representación ciudadana; de una dependencia, órgano o entidad de la Administración Pública o de una dependencia o entidad de la Administración Pública Federal…………………………………………………………………………………………...………$7,900.00

VI. Por la resolución de modificación a los programas para cambiar el uso del suelo urbano en predios particulares, para destinarlos al comercio, servicios de bajo impacto urbano o a la micro y pequeña industria…………………………………………………………………………………………………$3,951.00

VII. Por el dictamen de Constitución de Polígono de Actuación………………………………………..$7,489.00

VIII. Por el dictamen de aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades, predio receptor

…………………………………………………………………………………………………………………....$7,489.00

Tratándose de estudios y dictámenes de incremento de densidad, relacionados con viviendas de interés social, no se estará obligado al pago de los derechos correspondientes.

> Nota de la fuente: Artículo reformado en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25

## Citado por

- Artículo 273, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México) — https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-273/
- Artículo 275, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México) — https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-275/
- Artículo 289, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México) — https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-289/
- Artículo 292, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México) — https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-292/

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