# Artículo 342, Código Fiscal de la Ciudad de México

- Ley: Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO. DE LOS SERVICIOS DE TESORERÍA › TÍTULO PRIMERO. DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS › CAPÍTULO II. De la Recaudación › Sección Segunda. De la Custodia y Administración de Fondos y Valores
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Gaceta Oficial de la Ciudad de México 19 de diciembre de 2025
- Fuente: Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos — https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/210126/CODIGO_FISCAL_DE_LA_CDMX_26.1.docx
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-342/
- Cómo citar: Artículo 342, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 19 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-342/
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## Texto

La custodia de fondos y valores de la propiedad o al cuidado de la Ciudad de México, provenientes de la recaudación comprende su guarda, protección, traslado y conducción, desde su recolección hasta su entrega.

La custodia de fondos y valores estará a cargo:

I. Del personal de las oficinas recaudadoras de la Secretaría o de otras dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México que, por la naturaleza del puesto o por habilitación expresa, desempeñen la función y tengan caucionado su manejo;

II. De las sociedades nacionales de crédito o instituciones de crédito que recauden ingresos locales, o efectúen servicios de concentración de fondos o valores;

III. Del personal de las entidades de la Administración Pública Paraestatal que administren ingresos locales, y

IV. De los particulares que conforme a este Código reciban fondos y valores locales.

La custodia de fondos y valores dentro de las oficinas recaudadoras y de los auxiliares, a que se refiere este título, se realizará conforme a las reglas de carácter general que emita la Secretaría.

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Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
