# Artículo 6, Código Penal de Chiapas

- Ley: Código Penal de Chiapas (Chiapas)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO › PARTE GENERAL › TÍTULO PRIMERO. LEY PENAL › CAPÍTULO IV. APLICACIÓN RETROACTIVA DE LA LEY FAVORABLE
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Chiapas 29 de abril de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos) — https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0012.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-6/
- Cómo citar: Artículo 6, Código Penal de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 29 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-6/
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## Texto

Cuando entre la comisión del delito y la sentencia que deba pronunciarse, se promulguen una o más leyes que disminuyan la sanción establecida en la ley vigente al cometerse el delito, se aplicará la nueva ley.

Cuando pronunciada una sentencia en que se hubiese impuesto una sanción privativa de libertad, se dictare una ley que dejando subsistente la sanción señalada al delito, sólo disminuya su duración, se reducirá la sanción impuesta en la misma proporción en que estén el máximo de la fijada en la ley anterior y el que señala la posterior. En caso de que cambiare la naturaleza de la pena, se substituirá la señalada en la ley anterior por la señalada en la posterior.

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