# Artículo 294, Código Civil de Chihuahua

- Ley: Código Civil de Chihuahua (Chihuahua)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS › TÍTULO SEXTO. DEL PARENTESCO, DE LOS ALIMENTOS Y DE LA VIOLENCIA FAMILIAR › CAPÍTULO II. DE LOS ALIMENTOS
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Chihuahua 24 de agosto de 2024
- Fuente: H. Congreso del Estado de Chihuahua — Biblioteca Legislativa (Códigos) — https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/codigos/archivosCodigos/13.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-294/
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## Texto

El aseguramiento podrá consistir en hipoteca, prenda, fianza o depósito de cantidad bastante a cubrir los alimentos.

Durante la tramitación del juicio correspondiente, el juez podrá decretar provisionalmente el pago de una pensión alimenticia a favor del acreedor alimentario, determinándola conforme a las necesidades de éste y a las posibilidades de quien debe otorgarla y establecer así mismo los medios que estime conducentes para el debido cumplimiento de tal medida.

Toda persona a quien por su cargo, corresponda proporcionar informes sobre la capacidad económica de los deudores alimentarios, está obligada a suministrar los datos exactos que le solicite el Juez; de no hacerlo, además de las sanciones que les sean aplicables de acuerdo con la Ley, responderá solidariamente con los obligados directos, de los daños y perjuicios que cause al acreedor alimentista por sus omisiones o informes falsos.

La pensión alimenticia provisional podrá ser modificada durante la tramitación del juicio, en la vía incidental, con base en el informe de la trabajadora social dependiente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, que de oficio se designará desde el auto que admita la demanda y mediante los elementos de prueba que al efecto aporten las partes.

> Nota de la fuente: [Artículo reformado en el cuarto párrafo mediante Decreto No. 1307-2013 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 101 del 18 de diciembre de 2013]; ; [Artículo adicionado con un párrafo tercero mediante Decreto No. 1020-04 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 29 del 10 de abril del 2004]

## Citado por

- Artículo 2887, Código Civil de Chihuahua (Chihuahua) — https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2887/

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