# Artículo 170, Código Penal de Chihuahua

- Ley: Código Penal de Chihuahua (Chihuahua)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › PARTE ESPECIAL › TÍTULO CUARTO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD PERSONAL › CAPÍTULO VI. RETENCIÓN Y SUSTRACCIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD O DE QUIEN NO TIENE LA CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Chihuahua 29 de agosto de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Chihuahua — Biblioteca Legislativa (Códigos) — https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/codigos/archivosCodigos/64.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-170/
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## Texto

Se impondrá de uno a cinco años de prisión, multa de cien a quinientos días y suspensión de los derechos respecto de la víctima, en su caso, al ascendiente, descendiente, pariente colateral o afín hasta el cuarto grado, que retenga o sustraiga a una persona menor de edad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho, en los siguientes casos:

I. Que haya perdido la patria potestad o ejerciendo ésta se encuentre suspendida o limitada;

II. No tenga la guarda y custodia provisional o definitiva o la tutela sobre él;

III. No permita las convivencias decretadas por resolución judicial; o

IV. Teniendo la guarda y custodia compartida, no devuelva a la persona menor de edad en los términos de la resolución que se haya dictado para ello. Este delito se investigará previa querella.

## Citado por

- Artículo 168, Código Penal de Chihuahua (Chihuahua) — https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-168/

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