# Artículo 2153, Código Civil de Coahuila

- Ley: Código Civil de Coahuila (Coahuila)
- Ubicación: LIBRO QUINTO. DE LOS HECHOS, LOS ACTOS Y LOS NEGOCIOS JURÍDICOS › TÍTULO TERCERO. DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS › CAPÍTULO XI. DE LA INEXISTENCIA, LA INVALIDEZ, LA CONVALIDACIÓN, LA CONVERSIÓN Y LA CONSERVACIÓN DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS › SECCIÓN PRIMERA. DE LA INEXISTENCIA
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza 10 de abril de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes — https://www.congresocoahuila.gob.mx/archivos/epub/captura/8/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Coahuila%20de%20Zaragoza.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2153/
- Cómo citar: Artículo 2153, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2153/
- Nota de verificación: 8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
- Nota de verificación: 72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
- Nota de verificación: número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'
- Nota de verificación: número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'
- Nota de verificación: Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
- Nota de verificación: Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

## Texto

Para los efectos legales se considera que no existe manifestación de voluntad y por tanto el negocio será inexistente, si quien la emite es;

I. Un niño menor de doce años de edad.

II. Una persona privada de inteligencia, aunque tenga intervalos lúcidos, salvo, en este último caso, disposición de la ley.

III. Un sordomudo que no sepa darse a entender por escrito o mediante intérprete por lenguaje mímico.

IV. Una persona en estado de ebriedad absoluta, o completamente inconsciente por el efecto de drogas enervantes, si se prueba plenamente que carecía totalmente de voluntad al firmar o estampar sus huellas digitales en el documento en que pudiera aparecer haber contratado.

## Citado por

- Artículo 54, Código Civil de Coahuila (Coahuila) — https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-54/
- Artículo 2160, Código Civil de Coahuila (Coahuila) — https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2160/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
