# Artículo 100, Código Penal de Coahuila — Concepto de condena condicional

- Ley: Código Penal de Coahuila (Coahuila)
- Ubicación: Libro Primero. Disposiciones generales › Quinta Parte. Persecución de los delitos culposos › Título Quinto. Consecuencias jurídicas del delito › Capítulo Quinto. Condena condicional y sustitutivos penales › Sección Primera. Bases generales
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza 19 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes — https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-100/
- Cómo citar: Artículo 100, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-100/
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## Texto

La condena condicional es una medida por la cual el juzgador suspenderá la ejecución de la pena de prisión y aplicará un sustitutivo penal junto con las medidas de seguridad que sean procedentes, cuando se satisfagan las condiciones legales para su concesión, a efecto de permitir al sentenciado incorporarse a la sociedad si cumple con el sustitutivo penal y con las medidas de seguridad que se le fijen, siempre y cuando a la vez con su concesión o durante su disfrute no se desproteja a víctimas u ofendidos, o a terceros, según lo previsto en este capítulo.

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