# Artículo 266, Código Penal de Coahuila — Ejercicio ilegal del propio derecho

- Ley: Código Penal de Coahuila (Coahuila)
- Ubicación: Libro Segundo › Parte especial › Título Duodécimo. Delitos contra la paz y la identidad personales, y contra la inviolabilidad del domicilio › Capítulo Primero. Amenazas
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza 19 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes — https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-266/
- Cómo citar: Artículo 266, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-266/
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## Texto

Se impondrá de tres meses a un año de prisión o de cincuenta a cien días multa, a quien para hacer efectivo un derecho o pretendido derecho que deba hacer valer por la vía legal, lo ejercite empleando violencia física.

El ejercicio ilegal del propio derecho será incompatible con los casos de exceso en el ejercicio del derecho como modalidad atenuante de tipos penales delictivos que lo admitan, o respecto de aquellos tipos penales que impliquen dicho ejercicio ilegal.

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