# Artículo 358, Código Penal de Coahuila — No incorporación o no registro de evidencia física, indicio, elemento o medio de prueba

- Ley: Código Penal de Coahuila (Coahuila)
- Ubicación: Libro Segundo › Parte especial › Título Cuarto. Delitos contra la investigación y persecución de delitos, o la impartición de justicia penal › Capítulo Tercero. Otros delitos que afectan la investigación o persecución de delitos, y a la impartición de justicia penal
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza 19 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes — https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-358/
- Cómo citar: Artículo 358, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-358/
- Nota de verificación: 1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
- Nota de verificación: 6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
- Nota de verificación: 1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.
- Nota de verificación: Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
- Nota de verificación: Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
- Nota de verificación: El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis.

## Texto

Se impondrá de tres a seis años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, al miembro de cualquier institución de seguridad pública que le competa la investigación de delitos o la supervisión de la misma, que no registre en la carpeta de investigación, una evidencia física, una entrevista, un indicio, elemento o medio de prueba que haya recabado o recibido, siempre y cuando la evidencia física, la entrevista, el indicio, elemento o medio de prueba sirva para determinar las circunstancias o tiempo de la detención, o puedan apoyar la existencia o inexistencia de un delito, o bien su imputación a una persona, o favorecer a ésta.

Se impondrán las mismas penas del párrafo precedente, al servidor público o particular que altere o destruya cualquier registro del sistema que determine la competencia judicial por turno o donde se determine la distribución de audiencias entre los jueces penales.

## Citado por

- Artículo 368, Código Penal de Coahuila (Coahuila) — https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-368/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
