# Artículo 36, Código Penal de Coahuila — Coautoría indeterminada sin acuerdo ni adherencia

- Ley: Código Penal de Coahuila (Coahuila)
- Ubicación: Libro Primero. Disposiciones generales › Título Segundo. El hecho delictivo › Capítulo Tercero. Tipicidad › Sección Segunda. Autoría y participación
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza 19 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes — https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-36/
- Cómo citar: Artículo 36, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-36/
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## Texto

Cuando en la realización de un delito, varias personas intervengan sin acuerdo previo ni adherencia entre sí, y no pueda precisarse el daño específico que produjo cada cual, a todas las que realizaron dolosamente conductas adecuadas para producir el resultado se les impondrá desde las tres quintas partes del mínimo,

hasta las tres quintas partes del máximo de las penas que correspondan al delito cometido, con inclusión de las modalidades del tipo penal que, en su caso, concurran.

Si se logra precisar quien causó el resultado, sólo a esa persona se le punirá como autora, y a las demás que realizaron actos adecuados para producir el resultado, se le imputará el hecho a título de tentativa punible, y en cualquier evento, con inclusión de la o las modalidades que, en su caso, hayan concurrido. La concreción de la coautoría indeterminada sin acuerdo ni adherencia no excluye a las formas de participación previstas en el apartado B del artículo 34 de este código que, en su caso, se concreten.

## Citado por

- Artículo 37, Código Penal de Coahuila (Coahuila) — https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-37/

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