# Artículo 436, Código Penal de Coahuila — Ejercicios ilegales del servicio oficial

- Ley: Código Penal de Coahuila (Coahuila)
- Ubicación: Libro Segundo › Parte especial › Título Undécimo. Delitos contra la honestidad en el servicio público › Capítulo Tercero. Delitos contra el servicio oficial cometidos por servidores públicos › Sección Primera. Ejercicio ilegal y abandono del servicio oficial
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza 19 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes — https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-436/
- Cómo citar: Artículo 436, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-436/
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## Texto

Se impondrá de tres meses a un año de prisión y de trescientos a quinientos días multa, al servidor público que:

I. (Ejercicio de funciones sin satisfacer los requisitos legales)

Ejerza las funciones de un cargo, empleo o comisión en una entidad oficial del Estado o de cualquiera de sus municipios, sin satisfacer todos los requisitos legales para ser designado, o para continuar en el cargo.

II. (Designación ilegal de servidor público)

Designe a una persona como servidor público, a sabiendas que la misma no satisface todos los requisitos legales.

III. (Ejercicio de funciones a pesar de destitución, suspensión o revocación del nombramiento)

Continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión en una entidad oficial del Estado o de cualquiera de sus municipios, después de que se le comunique por escrito, que se ha revocado su nombramiento o que se le ha suspendido o destituido por la autoridad competente.

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