# Artículo 1451, Código Civil de Colima

- Ley: Código Civil de Colima (Colima)
- Ubicación: LIBRO TERCERO. DE LAS SUCESIONES › TITULO TERCERO. De la forma de los testamentos › CAPITULO III BIS (N.D.E. DEBE DE IR ANTES DEL CAPITULO CUARTO). Testamento Público Simplificado (ADICIONADO, P.O. 9 DE JULIO DE 1994)
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial "El Estado de Colima" 17 de mayo de 2025
- Fuente: H. Congreso del Estado de Colima — Legislación Estatal (Códigos) — https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/Codigos/codigo_civil_17mayo2025.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-1451/
- Cómo citar: Artículo 1451, Código Civil de Colima (Colima). Texto vigente, última reforma 17 may 2025. https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-1451/
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## Texto

En el sobre cerrado que contenga el duplicado del testamento ológrafo se pondrá la siguiente constancia extendida por el encargado de la oficina: "Recibí el pliego cerrado que el señor .................... afirma contiene original de su testamento ológrafo, del cual, según afirmación del mismo señor, existe dentro de este sobre un duplicado". Se pondrá luego el lugar y la fecha en que se extiende la constancia, que será firmada por el encargado de la oficina en forma autógrafa o con su firma electrónica certificada, poniéndose también al calce la firma del testador y de los testigos de identificación, cuando intervengan.

> Nota de la fuente: (REFORMADO DEC. 194, SUPL. NO. 2 P.O. 41, 09 DE OCTUBRE DE 2010.)

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