# Artículo 32, Código Penal de Colima — Catálogo de penas

- Ley: Código Penal de Colima (Colima)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO › PARTE GENERAL › TÍTULO TERCERO. CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO › CAPÍTULO I. PENAS, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS ACCESORIAS PARA LAS PERSONAS MORALES
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial "El Estado de Colima" 10 de octubre de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Colima — Legislación Estatal (Códigos) — https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/Codigos/codigo_penal_10octubre2026.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-32/
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## Texto

Las penas que se pueden imponer por la comisión de un delito son:

I. Prisión;

II. Tratamiento en libertad de imputables;

III. Semilibertad;

IV. Trabajo a favor de la víctima o de la comunidad;

V. Sanciones pecuniarias;

VI. Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito;

(REFORMADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)

VII. Suspensión de derechos, destitución e inhabilitación para el desempeño de cargos, comisiones o empleos, y privación definitiva de derechos;

(REFORMADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)

VIII. Amonestación; y

(ADICIONADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)

IX. Confinamiento en domicilio y no salir, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública con la salud y las necesidades del sentenciado.

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