# Artículo 181, Código Penal de Durango

- Ley: Código Penal de Durango (Durango)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS › TITULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LAS PERSONAS › SUBTÍTULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y LA SEGURIDAD SEXUAL Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL Y DE LA IDENTIDAD › CAPÍTULO III. ESTUPRO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango 7 de junio de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Durango — Legislación estatal — https://congresodurango.gob.mx/Archivos/legislacion/CODIGO%20PENAL%20(NUEVO).pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-181/
- Cómo citar: Artículo 181, Código Penal de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-181/
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## Texto

Se impondrá de 1 año a 5 años de prisión y multa de setenta y dos a trecientos sesenta Unidades de Medida y Actualización, al que tenga cópula con una persona mayor de catorce años y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o de cualquier tipo de engaño.

Asimismo, se le sujetará a tratamiento especializado psicológico, psiquiátrico o reeducativo según corresponda, independientemente de las penas que correspondan al delito.

La pena se aumentará hasta en una mitad cuando el delito haya sido cometido dentro de las instalaciones de alguna institución educativa, asociación religiosa u organismo de la sociedad civil, cuyo objeto social consista en prestar auxilio, refugio o tratamiento psicológico o físico a otra persona.

Para la procedencia de la acción correspondiente, se requiere previa querella de la víctima directa o por conducto de quien o quienes ejerzan la patria potestad, tutor, representante de hecho o de derecho o a falta de los anteriores, del titular de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Durango.

ARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017.

REFORMADO POR DEC. 144 P.O. 44 DEL 1 DE JUNIO DE 2017.

ARTICULO REFORMADO POR DEC. 513, P.O. 28 DE 8 DE ABRIL DE 2021.

## Citado por

- Artículo 115, Código Penal de Durango (Durango) — https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-115/

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