# Artículo 305 Bis, Código Penal de Durango

- Ley: Código Penal de Durango (Durango)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS › TITULO CUARTO. DELITOS CONTRA LA COLECTIVIDAD › SUBTÍTULO DÉCIMO. DELITOS CONTRA LA DIGNIDAD, LA PAZ Y LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS › CAPITULO I. DELITOS CONTRA LA PAZ Y LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango 7 de junio de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Durango — Legislación estatal — https://congresodurango.gob.mx/Archivos/legislacion/CODIGO%20PENAL%20(NUEVO).pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-305-bis/
- Cómo citar: Artículo 305 Bis, Código Penal de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-305-bis/
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## Texto

Comete el delito de cobranza ilegítima quien, con la intención de requerir el pago al deudor, o a quien funja como obligado solidario, referencia o aval, utilice cualquier medio ya sea de manera presencial, telefónica, escrita, digital o por cualquier medio de comunicación o contacto para efectuar actos de hostigamiento, intimidación, o amenazas de cualquier índole de manera reiterada, sin mediar orden emanada de autoridad competente.

ARTÍCULO ADICIONADO POR DEC. 379 P.O. 43 DEL 31 DE MAYO DE 2018.

ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 361 P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DE 2025.

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