# Artículo 4.184, Código Civil del Estado de México — Resguardo y Cuidado

- Ley: Código Civil del Estado de México (Estado de México)
- Ubicación: LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar › TITULO SEXTO. DE LA FAMILIA MULTIESPECIE › CAPÍTULO II. De la resolución de conflictos por separación familiar
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Gaceta del Gobierno del Estado de México 16 de junio de 2026
- Fuente: Poder Legislativo del Estado de México — Legislación vigente — https://legislacion.congresoedomex.gob.mx/storage/documentos/legislacion/3-CODIGO%20CIVIL.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-184/
- Cómo citar: Artículo 4.184, Código Civil del Estado de México (Estado de México). Texto vigente, última reforma 16 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-184/
- Nota de verificación: art. 4.146 Bis: el rubro no trae la palabra 'Artículo' en la fuente ('4.146 Bis.- El área del R').
- Nota de verificación: art. 4.146 Ter: el rubro no trae la palabra 'Artículo' en la fuente ('4.146 Ter.- En el Registr').
- Nota de verificación: epígrafe sin negritas en la fuente, tomado como epígrafe: 'Alimentos y Gastos de los animales de compañía'
- Nota de verificación: art. 4.397 Quinquies: el rubro no trae la palabra 'Artículo' en la fuente ('4.397 Quinquies.- Las per').
- Nota de verificación: art. 4.397 Quater: la palabra 'Artículo' del rubro del art. 4.397 Quinquies aparece al final del último párrafo de este artículo en la fuente; se quitó de `texto`.
- Nota de verificación: art. 4.18: su último párrafo termina sin puntuación ('moniales. Criterios para la valoración del trabajo del hogar'); probablemente es el epígrafe del art. 4.18 Bis pegado al párrafo en la fuente. Se deja literal en `texto`.
- Nota de verificación: La fuente no trae notas de reforma por artículo; nota_reforma = null. La historia de reformas está en `tabla_reformas` (tabla 'Reformas y adiciones' al final del documento oficial).
- Nota de verificación: La fuente solo incluye los transitorios del texto original; los transitorios de los decretos de reforma no vienen en el documento (solo su fila en la tabla de reformas).
- Nota de verificación: Vigencia cruzada con el listado de decretos de la LXII Legislatura (legislacion.congresoedomex.gob.mx/asuntosparlamentarios/decretos, consultado 2026-10-07): ningún decreto posterior a DECRETO NÚMERO 333 ARTÍCULO ÚNICO reforma este código. El Periódico Oficial (legislacion.edomex.gob.mx) no responde desde este host, no se pudo cotejar contra la Gaceta.

## Texto

El Resguardo de los animales de compañía en los casos de separación familiar podrá ser definitivo o provisional, y será por acuerdo de las partes, las cuales establecerán los términos en que podrán compartir tiempo con el animal de compañía.

Cuando solo una de las personas responsables deba hacerse cargo provisional o definitivamente del resguardo y cuidado del ser sintiente, las partes convendrán quien de ellos se hará cargo de la misma.

Si no llegan a un acuerdo, en casos donde el resguardo compartido no sea posible o no sea en beneficio del bienestar del ser sintiente, la autoridad jurisdiccional otorgará el resguardo unilateral a una de las personas responsables, evaluando factores objetivos, verificables y técnicamente valorables, considerando, entre otros, la situación económica de las personas responsables, su disponibilidad de tiempo, las condiciones del entorno en el que habitará el animal, el historial de cuidado, así como los dictámenes especializados que resulten pertinentes.

El resguardo se suspenderá al acreditarse cualquier tipo de maltrato animal en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

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