# Artículo 268 Quinquies, Código Penal del Estado de México

- Ley: Código Penal del Estado de México (Estado de México)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › TITULO TERCERO. DELITOS CONTRA LAS PERSONAS › SUBTÍTULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, SEGURIDAD Y TRANQUILIDAD DE LAS PERSONAS › CAPÍTULO XII. ACECHO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Gaceta del Gobierno del Estado de México 25 de septiembre de 2026
- Fuente: Poder Legislativo del Estado de México — Legislación vigente — https://legislacion.congresoedomex.gob.mx/storage/documentos/legislacion/9-C%C3%93DIGO%20PENAL-.DOC
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-268-quinquies/
- Cómo citar: Artículo 268 Quinquies, Código Penal del Estado de México (Estado de México). Texto vigente, última reforma 25 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-268-quinquies/
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## Texto

Se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días multa a quien, de manera directa o por interpósita persona, aceche o intimide a una persona con la finalidad de generarle un daño, amenaza o temor fundado por su seguridad o integridad personal o de su familia, llevando a cabo de manera reiterada una o varias de las conductas siguientes:

I. La vigile, siga, persiga, rastree o busque cercanía física en contra de su voluntad;

II. Establezca o busque establecer comunicación persistentemente, en dos o más ocasiones, con ella, a través de cualquier medio de comunicación o redes sociales;

La conducta se considerará reiterada cuando se repita más de dos ocasiones.

Este delito se perseguirá por querella, excepto cuando las víctimas sean niñas, niños o adolescentes, en este caso se perseguirá de oficio.

No se considerarán constitutivas de este delito las conductas descritas en el presente artículo, cuando deriven del ejercicio de la libertad de expresión, la actividad periodística, la defensa de derechos humanos, la protesta social o la crítica a personas servidoras públicas en razón de sus funciones.

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