# Artículo 32, Código Penal de Guerrero — Catálogo de penas

- Ley: Código Penal de Guerrero (Guerrero)
- Ubicación: Libro Primero. Parte general › Título Cuarto. Consecuencias jurídicas del delito › Capítulo I. Penas, medidas de seguridad y consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero 22 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Guerrero — Legislación (Códigos) — https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos/ARCHI/codigo-penal-no-499.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-32/
- Cómo citar: Artículo 32, Código Penal de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 22 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-32/
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## Texto

Las penas que se pueden imponer por la comisión de un delito son:

I. Prisión;

II. Tratamiento en libertad de imputables;

III. Semilibertad;

IV. Trabajo a favor de la víctima o de la comunidad;

V. Sanción pecuniaria;

VI. Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito;

VII. Suspensión de derechos, destitución e inhabilitación para el desempeño de cargos, comisiones o empleos;

VIII. Amonestación;

IX. Caución de no ofender;

X. Reparación del daño, y

XI. Tratamiento reeducativo psicoterapéutico.

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