# Artículo 333, Código Penal de Guerrero — Suministro de medicamento inapropiado

- Ley: Código Penal de Guerrero (Guerrero)
- Ubicación: Libro Segundo. Parte Especial › Título Vigésimo. Delitos cometidos en el ejercicio de la profesión › Capítulo V. Suministro de medicamentos inapropiados y suministro simulado de medicamento
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero 22 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Guerrero — Legislación (Códigos) — https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos/ARCHI/codigo-penal-no-499.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-333/
- Cómo citar: Artículo 333, Código Penal de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 22 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-333/
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## Texto

Al médico o enfermera que suministre un medicamento evidentemente inapropiado en perjuicio de la salud del paciente, se le impondrán de uno a tres años de semilibertad, de cincuenta a ciento cincuenta días multa y suspensión para ejercer la profesión hasta por el tiempo de la sanción restrictiva de la libertad impuesta.

## Citado por

- Artículo 79, Código Penal de Guerrero (Guerrero) — https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-79/

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