# Artículo 82, Código Penal de Guerrero — Aplicación de consecuencias jurídicas para los casos de concurso de delitos

- Ley: Código Penal de Guerrero (Guerrero)
- Ubicación: Libro Primero. Parte general › Título Quinto. Aplicación de penas y medidas de seguridad › Capítulo IV. Punibilidad en los casos de concurso de delitos y delito continuado
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero 22 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Guerrero — Legislación (Códigos) — https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos/ARCHI/codigo-penal-no-499.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-82/
- Cómo citar: Artículo 82, Código Penal de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 22 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-82/
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## Texto

La aplicación de consecuencias jurídicas para los casos de concurso de delitos y delito continuado son:

I. Punibilidad del concurso ideal. En caso de concurso ideal, se impondrán las sanciones correspondientes al delito que merezca la mayor penalidad, las cuales podrán aumentarse sin rebasar la mitad del máximo de la duración de las penas correspondientes de los delitos restantes, siempre que las sanciones aplicables sean de la misma naturaleza; cuando sean de diversa naturaleza, podrán imponerse las consecuencias jurídicas señaladas para los restantes delitos. En ningún caso, las sanciones aplicables podrán exceder de los máximos señalados en este código, y

II. Punibilidad del concurso real. En caso de concurso real se impondrá la sanción del delito más grave, la cual podrá aumentarse con las penas que la ley contempla para cada uno de los delitos restantes, sin que exceda de los máximos señalados en este código.

## Citado por

- Artículo 30, Código Penal de Guerrero (Guerrero) — https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-30/

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