# Artículo 312, Código Penal de Morelos

- Ley: Código Penal de Morelos (Morelos)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › PARTE ESPECIAL. DELITOS CONTRA EL INDIVIDUO › TÍTULO VIGÉSIMO PRIMERO. DELITOS COMETIDOS CONTRA LA PROCURACION Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA › CAPÍTULO IX. ENCUBRIMIENTO POR FAVORECIMIENTO
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos 7 de octubre de 2026
- Fuente: Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos) — https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1815/download
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-312/
- Cómo citar: Artículo 312, Código Penal de Morelos (Morelos). Texto vigente, última reforma 7 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-312/
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## Texto

El juez, teniendo en cuenta la naturaleza del hecho, las circunstancias personales del inculpado y las demás que señala el artículo 58, podrá imponer en los casos de encubrimiento a los que se refiere el artículo 311, parte primera y fracciones II y III de la parte segunda, en lugar de las sanciones señaladas, hasta las dos terceras partes de las que corresponden al autor del delito, debiendo hacer constar en la sentencia las razones en que se funda para aplicar la sanción que autoriza este precepto.

Cuando el encubrimiento sea para favorecer conductas o hechos calificados por la ley como delito de feminicidio conforme a la penalidad que señala el artículo 213 Quintus de este Código, se impondrán hasta las dos terceras partes que corresponden al autor del delito.

> Nota de la fuente: NOTAS: REFORMA VIGENTE.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 312, por ARTÍCULO PRIMERO, del Decreto 705, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 6285, de fecha 2024/02/28. Vigencia: 2024/02/29.

## Citado por

- Artículo 58, Código Penal de Morelos (Morelos) — https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-58/

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