# Artículo 402 H, Código Civil de Nayarit

- Ley: Código Civil de Nayarit (Nayarit)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS › TITULO SEPTIMO. DE LA PATERNIDAD Y FILIACIÓN › CAPITULO V. DE LA ADOPCIÓN › SECCIÓN CUARTA. ADOPCIÓN INTERNACIONAL
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit 17 de diciembre de 2025
- Fuente: H. Congreso del Estado de Nayarit — Legislación estatal (Códigos) — https://congresonayarit.gob.mx/wp-content/uploads/QUE_HACEMOS/LEGISLACION_ESTATAL/codigos/codigo_civil_estado_de_nayarit.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-402-h/
- Cómo citar: Artículo 402 H, Código Civil de Nayarit (Nayarit). Texto vigente, última reforma 17 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-402-h/
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## Texto

Para la adopción internacional, se establecen los siguientes requisitos:

(REFORMADA, P.O. 8 DE JUNIO DE 2011)

I. Acta de matrimonio que acredite su celebración;

II. Acta de nacimiento de los cónyuges que acrediten tener más de veinticinco años de edad y diecisiete años mayores que el adoptado;

III. Tener un máximo de cincuenta años de edad;

IV. Certificados médicos que acrediten que los adoptantes gozan de buena salud física y mental. En caso de duda, el Juez podrá disponer su homologación por profesionales nacionales;

V. Certificado otorgado por autoridad competente del país de origen que acredite solvencia económica;

VI. Informe psicosocial elaborado en el país de residencia;

VII. Certificado de haber recibido preparación para padres adoptivos;

VIII. Acrediten su legal estancia en el país;

(REFORMADA, P.O. 8 DE JUNIO DE 2011)

IX. No tener antecedentes penales, lo que se acreditará mediante certificados del país de los solicitantes y tampoco tener sentencia condenatoria por delito doloso en México;

X. Certificado de idoneidad otorgado por las autoridades competentes del país de residencia de los solicitantes; y,

XI. Autorización para el trámite de ingreso del adoptado al país de residencia de los solicitantes.

Todos los documentos otorgados en el exterior serán autenticados y traducidos al español y estarán debidamente legalizados.

> Nota de la fuente: (REFORMADO, P.O. 8 DE JUNIO DE 2011)

## Citado por

- Artículo 402 M, Código Civil de Nayarit (Nayarit) — https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-402-m/

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