# Artículo 143 Quáter, Código Civil de Oaxaca

- Ley: Código Civil de Oaxaca (Oaxaca)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO. De las personas › TITULO QUINTO. Del matrimonio. Se deroga. › CAPITULO I. Requisitos necesarios para contraerlo
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca 1 de agosto de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal — https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Civil_del_Estado_de_Oaxaca_(Ref_dto_1570_aprob_LXVI_Legis_7_julio_2026_PO_31_10a_secc_1_agosto_2026).pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-143-quater/
- Cómo citar: Artículo 143 Quáter, Código Civil de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 1 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-143-quater/
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## Texto

Se deroga.

(Artículo adicionado mediante decreto número 1803, aprobado por la LXII Legislatura del Honorable Congreso del Estado el 18 de febrero del 2016 y publicado en el Periódico Oficial Número Extra del 30 de septiembre del 2016)

(Artículo reformado mediante decreto número 771, aprobado por la LXIV Legislatura del estado el 28 de agosto del 2019 y publicado en el periódico oficial número 40 segunda sección del 5 de octubre del 2019)

(Artículo reformado mediante decreto número 2504, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 7 de julio del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 32 Sexta sección de fecha 7 de agosto del 2021)

(Derogado mediante decreto número 2831, aprobado por la LXIV Legislatura el 22 de octubre del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 49 Décimo Primera sección de fecha 4 de diciembre del 2021)

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