# Artículo 240, Código Penal de Oaxaca

- Ley: Código Penal de Oaxaca (Oaxaca)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO. › TITULO DECIMOPRIMERO.. Delitos contra la economía pública. › CAPITULO III.. Delitos contra el comercio y la industria.
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca 23 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal — https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Penal_para_el_Edo_de_Oax_(_Ref_dto_1494_aprob_por_la_LXVI_Legis_31_marzo_2026_PO_21_12a_secc_23_mayo_2026).pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-240/
- Cómo citar: Artículo 240, Código Penal de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 23 may 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-240/
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## Texto

Se aplicarán de uno a diez años de prisión y multa de mil a cincuenta mil pesos, además del decomiso de los artículos objeto de la infracción:

I.- A quien o quienes acaparen, monopolicen, oculten, nieguen injustificadamente su venta o retiren del comercio artículos de primera necesidad o de consumo necesario o con el objeto de provocar el alza de precios o afectar el abasto a los consumidores;

II.- A quienes celebren acuerdos o combinaciones con productores, industriales, comerciantes o empresarios, para evitar la competencia en el mercado libre, obligando a los consumidores a pagar precios exagerados;

III.- A quien o quienes realicen venta con inmoderado lucro, en artículos de primera necesidad o de consumo necesario;

IV.- Al que ejecute actos contrarios a la libre concurrencia en la industria o el comercio;

V.- A quienes por cualquier medio alteren las mercancías o productos o reduzcan las propiedades que debieran tener. Si a consecuencia de la alteración o reducción resultaren daños, lesiones u homicidio, se aplicarán, además, las sanciones que por esos delitos correspondan.

Lo mandado en este Artículo se observará sin prejuicio de las medidas y sanciones que pueda tomar o imponer la autoridad administrativa con base en leyes especiales.

(Artículo reformado mediante decreto número 2901, aprobado por la LXIV Legislatura el 22 de octubre del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 49 Sexta Sección de fecha 4 de diciembre del 2021)

## Citado por

- Artículo 240-A, Código Penal de Oaxaca (Oaxaca) — https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-240-a/

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