# Artículo 380 Ter, Código Penal de Oaxaca

- Ley: Código Penal de Oaxaca (Oaxaca)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO. › TITULO DECIMONOVENO.. Delitos en contra de las personas en su patrimonio. › CAPITULO IV.. Fraude.
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca 23 de mayo de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal — https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Penal_para_el_Edo_de_Oax_(_Ref_dto_1494_aprob_por_la_LXVI_Legis_31_marzo_2026_PO_21_12a_secc_23_mayo_2026).pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-380-ter/
- Cómo citar: Artículo 380 Ter, Código Penal de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 23 may 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-380-ter/
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## Texto

Comete el delito de fraude a migrantes el que incumpla con la realización de los trámites que había prometido para la legalización de residencia en otro país.

El delito de fraude a migrantes, se castigará con prisión de tres a doce años y multa de hasta dos veces el valor defraudado por cada acto realizado.

Además de las sanciones establecidas en el párrafo anterior, la prisión aumentará en una cuarta parte de la pena impuesta, cuando se trate de afectaciones a mujeres o indígenas, niñas y niños.

(Artículo adicionado mediante decreto número 2835, aprobado por la LXIV Legislatura el 22 de octubre del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 49 Cuarta sección de fecha 4 de diciembre del 2021)

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