# Artículo 198 Quinquies, Código Penal de Puebla

- Ley: Código Penal de Puebla (Puebla)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO DELITOS EN PARTICULAR › CAPÍTULO CUARTO. DELITOS DE PELIGRO CONTRA LA SEGURIDAD COLECTIVA › SECCIÓN PRIMERA. DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Puebla 15 de diciembre de 2025
- Fuente: H. Congreso del Estado de Puebla — Legislación (Códigos) — https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=5928&Itemid=
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-198-quinquies/
- Cómo citar: Artículo 198 Quinquies, Código Penal de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 15 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-198-quinquies/
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## Texto

Se impondrá de tres a ocho años de prisión y multa de cien a mil Unidades de Medida y Actualización a los propietarios o representantes legales de las industrias, comercios o servicios, que incumplan lo dispuesto en las disposiciones legales en materia ambiental, provocando un daño a la salud pública, al medio ambiente o a los recursos naturales, realizando las siguientes conductas:

I.- Omitan el empleo de los equipos anticontaminantes en empresas, industrias o fuentes móviles que generen contaminantes atmosféricos;

II.- No instalen o no utilicen adecuadamente las plantas de tratamiento de aguas residuales;

III.- Maneje, almacene, acopie, transfiera, transporte o recicle de forma inadecuada los residuos sólidos que generen; y

IV.- Asiente datos falsos en los registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado, con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad ambiental aplicable.

> Nota de la fuente: Artículo adicionado el 20/jul/2001 y reformado el 16/abr/2010.; ; Párrafo reformado el 3/nov/2021.

## Citado por

- Artículo 24, Código Penal de Puebla (Puebla) — https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-24/

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