# Artículo 204, Código Penal de Querétaro

- Ley: Código Penal de Querétaro (Querétaro)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › PARTE ESPECIAL › TÍTULO DÉCIMO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO › CAPÍTULO X. ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» 15 de julio de 2026
- Fuente: Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos) — https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-07.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-204/
- Cómo citar: Artículo 204, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-204/
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## Texto

Al que con ánimo de lucro después de la ejecución de un delito y sin haber participado en éste adquiera, reciba u oculte el producto de aquél, sin asegurarse de su legítima procedencia, o al que ayude a otro para los mismos fines, se le aplicará prisión de 3 a 6 años, de 150 a 300 días multa, trabajos a favor de la comunidad de 4 a 6 meses. (Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)

Si el responsable es comerciante o tiene conocimiento profesional o experiencia relacionada con el comercio del producto de origen delictivo, la pena será de 5 a 10 años de prisión, de 200 a 400 días multa, trabajos en favor de la comunidad hasta por un año, y suspensión o inhabilitación para ejercer actividad relacionada con el delito hasta por un año. (Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)

## Citado por

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