# Artículo 90, Código Penal de Querétaro

- Ley: Código Penal de Querétaro (Querétaro)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO › TÍTULO CUARTO. APLICACIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD › CAPÍTULO XII. SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» 15 de julio de 2026
- Fuente: Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos) — https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-07.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-90/
- Cómo citar: Artículo 90, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-90/
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## Texto

El beneficiado con la suspensión condicional estará obligado a:

I. Observar buena conducta durante el término de suspensión.

II. Presentarse mensualmente ante las autoridades del órgano ejecutor de penas, las que le otorgarán el salvoconducto respectivo;

III. Quedar sujeto a la vigilancia de la autoridad;

IV. Presentarse ante las autoridades jurisdiccionales o ante el órgano ejecutor de penas cuantas veces sea requerido para ello;

V. Comunicar a las autoridades del órgano ejecutor de penas sus cambios de domicilio;

VI. Residir o no residir en circunscripción territorial determinada, que en todo caso será señalada por el órgano jurisdiccional;

VII. Desempeñar en el plazo que prudentemente se le fije, trabajo lícito;

VIII. No abusar del consumo de bebidas embriagantes y abstenerse del empleo de estupefacientes, psicotrópicos, substancias volátiles inhalables y cualquier otra que produzca efectos similares, salvo por prescripción médica; (Ref. P. O. No. 54, 19-IX- 12)

IX. Pagar o garantizar la reparación de los daños y perjuicios causados; y (Ref. P. O. No. 54, 19-IX-12)

X. En el caso de que se le haya considerado farmacodependiente, someterse al tratamiento correspondiente para su rehabilitación, bajo vigilancia de la autoridad ejecutora. (Adición P. O. No. 54, 19-IX-12)

## Citado por

- Artículo 93, Código Penal de Querétaro (Querétaro) — https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-93/
- Artículo 95, Código Penal de Querétaro (Querétaro) — https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-95/

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