# Artículo 990 Bis, Código Civil de Quintana Roo

- Ley: Código Civil de Quintana Roo (Quintana Roo)
- Ubicación: LIBRO TERCERO › SEGUNDA PARTE ESPECIAL. Del Derecho de Familia › TÍTULO TERCERO. De la Niñez y la Adolescencia
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo 14 de octubre de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales — https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C2-XVIII-14102026-20261016T153718-C1820261014263-(1).pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-990-bis/
- Cómo citar: Artículo 990 Bis, Código Civil de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-990-bis/
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## Texto

Para los efectos del presente Código se considerará como interés superior de la niñez, la prioridad que ha de otorgarse a los derechos de las niñas, niños y adolescentes respecto de los derechos de cualquier otra persona, con el fin de garantizar, entre otros, los siguientes aspectos:

Párrafo reformado POE 17-11-2015, 31-05-2023

I.- El acceso a la salud física y mental, alimentación y educación que fomente su desarrollo personal, sin estereotipos ni condicionamientos de género;

II. Un ambiente de respeto, aceptación y afecto, libre de cualquier tipo de violencia familiar y/o violencia vicaria;

Fracción reformada POE 07-09-2022

III.- El desarrollo de la estructura de la personalidad, con una adecuada autoestima, libre de sobreprotección y excesos punitivos;

IV.- El fomento de la responsabilidad personal y social, así como la toma de decisiones de las niñas, los niños y los adolescentes, de acuerdo a su edad y madurez psicoemocional, y

Fracción reformada POE 23-03-2022

V.- Los demás derechos que, a favor de las niñas, los niños y los adolescentes, reconozcan otras leyes y tratados aplicables, debidamente suscritos y ratificados por México.

Fracción reformada POE 23-03-2022

Artículo adicionado POE 10-12-2010

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