# Artículo 149-Ter, Código Penal de Quintana Roo

- Ley: Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › PARTE ESPECIAL › TITULO SEXTO. Delitos Contra el Patrimonio › CAPITULO III. Abigeato
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo 14 de octubre de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales — https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-149-ter/
- Cómo citar: Artículo 149-Ter, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-149-ter/
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## Texto

Se sancionará con prisión de hasta una mitad más de la pena que corresponda, al servidor público que incurra en alguna de las conductas señaladas en el presente Capítulo, se le compruebe que intervino o participó en las operaciones para la comisión del delito de abigeato, sino tomo las medidas a las que esté obligado, así como con la destitución e inhabilitación del cargo que ostente al momento de cometer el ilícito.

Artículo adicionado POE 30-06-200. Reformado POE 04-11-2020

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