# Artículo 220, Código Penal de Quintana Roo

- Ley: Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › PARTE ESPECIAL › TITULO TERCERO. Delitos Contra la Administración Pública › CAPÍTULO V. Usurpación de las Funciones del Servicio Público Fe de erratas POE 29-03-1991. Denominación reformada POE 19-12-2014
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo 14 de octubre de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales — https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-220/
- Cómo citar: Artículo 220, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-220/
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## Texto

Se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de treinta a cien días multa, al que lleve a cabo cualquiera de las siguientes conductas:

I. Sin ser servidor público se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal;

II. Usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho, con el propósito de obtener un beneficio indebido;

III. Use, fabrique, reproduzca, almacene o distribuya uniformes, credenciales de identificación, escudos, documentos, distintivos o piezas que contengan imágenes, siglas u otros símbolos utilizados por las instituciones de seguridad pública del Estado, sin el permiso de la autoridad competente;

IV. Utilice uno o varios vehículos o equipamiento oficiales o con apariencia tal que se asemejen a los utilizados por las instituciones de seguridad pública del Estado, sin estar legalmente facultado para ello; o

V. Instale en las calles, avenidas, caminos, calzadas, plazas, paseos, pasajes, carreteras, puentes, pasos a desnivel, derechos de vía y en general todo terreno del dominio público y de uso común que se encuentre o ubique dentro de los límites del Estado de Quintana Roo, objetos de cualquier tipo para simular la existencia de un puesto de supervisión o vigilancia oficial.

Artículo reformado POE 19-12-2014

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