# Artículo 62, Código Penal de Quintana Roo

- Ley: Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO › TITULO CUARTO. Aplicaciones de Penas y Medidas de Seguridad › CAPITULO VIII. Conmutación de Penas Numeración recorrida (antes VII) POE 19-07-2017
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo 14 de octubre de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales — https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-62/
- Cómo citar: Artículo 62, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-62/
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## Texto

La prisión podrá ser conmutada a juicio del juzgador, apreciando lo dispuesto en el artículo 52, en los términos siguientes:

I.- Cuando no exceda de cuatro años, por multa;

Fracción reformada POE 24-07-2015

II.- Cuando no exceda de cinco años, por tratamiento en libertad o semilibertad, según se requiera, en los términos de los artículos 23 y 24.

Fracción reformada POE 24-07-2015

Para los efectos de la conmutación, se requerirá que el reo sea delincuente primario, pague o garantice la reparación de los daños y perjuicios causados, que el delito no sea considerado como grave cuando se cometa en agravio de alguna persona menor de 18 años de edad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho, y se considere más adecuada la pena conmutativa en atención a las condiciones personales del sujeto y a los fines de ésta.

Párrafo reformado POE 20-10-2006

Tratándose de la multa conmutativa de la pena de prisión, la equivalencia será en razón de un día multa por un día de prisión, atendiendo a las condiciones económicas del sentenciado. La multa sustitutiva es independiente de la señalada, en su caso, como pena. Si además de la pena privativa de la libertad se impuso al sentenciado una multa como pena, deberá pagarse ésta o garantizarse su pago para que proceda la conmutación.

Párrafo reformado POE 16-12-2013

La multa impuesta como pena única, conjuntamente con otra, o como pena alternativa o conmutativa podrá ser sustituida por trabajo en favor de la comunidad, en los términos de los artículos 27 y 37.

## Citado por

- Artículo 66, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo) — https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-66/

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