# Artículo 194, Código Penal de Tamaulipas

- Ley: Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO › PARTE ESPECIAL › TÍTULO QUINTO. DELITOS CONTRA LA MORAL PÚBLICA › CAPÍTULO II. CORRUPCIÓN, PORNOGRAFÍA, PROSTITUCIÓN SEXUAL DE MENORES E INCAPACES Y PEDERASTIA
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas 12 de octubre de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos) — https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-194/
- Cómo citar: Artículo 194, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-194/
- Nota de verificación: Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.
- Nota de verificación: 295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.
- Nota de verificación: 1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.
- Nota de verificación: 4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
- Nota de verificación: Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».
- Nota de verificación: Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.
- Nota de verificación: Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

## Texto

Queda prohibido emplear a menores de dieciocho años de edad o a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, en billares, cantinas, tabernas, giros mixtos, bares, boliche, cabaret, centro nocturno, café cantante, cervecería, discoteca, u otros centros donde se expendan bebidas alcohólicas. Al que contravenga esta disposición, se le impondrá una sanción de tres a cinco años de prisión y multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y, además, el cierre definitivo del establecimiento si reincidiere en su conducta.

Se impondrá de tres meses a un año de prisión o multa de cien a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a los padres o quienes ejerzan la patria potestad, tutela o adopción de algún menor de edad, que acepten, toleren o consientan que sus descendientes, pupilos o adoptados que estén bajo su guarda, se empleen en los establecimientos referidos en el presente artículo.

Para los efectos de este precepto se considerará empleado en el billar, cantina, taberna, giro mixto, bar, boliche, cabaret, centro nocturno, café cantante, cervecería, discoteca, o centro de vicio, al menor que por un salario, por la sola comida, por comisión de cualquier índole o especie, por cualquier otro estipendio, gaje o emolumento o gratuitamente preste sus servicios en tal lugar.

## Citado por

- Artículo 194-Quater, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas) — https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-194-quater/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
