# Artículo 292, Código Penal de Tlaxcala

- Ley: Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala)
- Ubicación: LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS › TÍTULO NOVENO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y LA SEGURIDAD SEXUAL Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL › CAPÍTULO II. ABUSO SEXUAL
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala 5 de junio de 2026
- Fuente: Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos) — https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/4_codigo_penal_par.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-292/
- Cómo citar: Artículo 292, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-292/
- Nota de verificación: 40 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.
- Nota de verificación: 156 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.
- Nota de verificación: 49 párrafos cortados por el salto de página se unen.
- Nota de verificación: 18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
- Nota de verificación: 100 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).
- Nota de verificación: 130 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.
- Nota de verificación: número de artículo repetido en la fuente: 242 (orden 256 y 257); el segundo se publica con clave '242-dup2'
- Nota de verificación: Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.
- Nota de verificación: Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
- Nota de verificación: Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

## Texto

Las penas previstas para el delito de violación, se aumentarán en dos terceras partes, cuando fueren cometidos:

I. Con intervención directa o inmediata de dos o más personas;

II. Por ascendiente contra su descendiente, éste contra aquél, el hermano contra su colateral, el tutor contra su pupilo, el padrastro o la madrastra contra su hijastro, éste contra cualquiera de ellos, concubinario o amasio de la madre o del padre contra cualquiera de los hijos de éstos o los hijos contra aquéllos. Además de las penas señaladas, el culpable perderá la patria potestad o la tutela, en los casos en que la ejerciere sobre la víctima, así como los derechos sucesorios;

III. Por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión, utilizando los medios o circunstancia que ellos le proporcionen. Además de las penas referidas, el sentenciado será destituido del cargo o empleo o suspendido por el término hasta de cinco años en el ejercicio de dicha profesión;

IV. Por la persona que tenga a la víctima bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en ella depositada;

(REFORMADA, P.O. 26 DE OCTUBRE DE 2022)

V. Al encontrarse la víctima a bordo de un vehículo de servicio público;

(REFORMADA, P.O. 26 DE OCTUBRE DE 2022)

VI. En despoblado o en lugar solitario;

(ADICIONADA, P.O. 26 DE OCTUBRE DE 2022)

VII. Posterior al suministro de alguna sustancia que afecte su comportamiento y habilidades motoras;

(ADICIONADA, P.O. 26 DE OCTUBRE DE 2022)

VIII. En el interior de centros educativos, culturales, deportivos, religiosos, de trabajo, o de cualquier otro lugar de naturaleza social o pública, y

(ADICIONADA, P.O. 26 DE OCTUBRE DE 2022)

IX. En contra de la víctima por su condición de género, preferencia sexual, y/o identidad sexual.

> Nota de la fuente: (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 12 DE MAYO DE 2026)

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
