# Artículo 102, Código Penal de Yucatán

- Ley: Código Penal de Yucatán (Yucatán)
- Ubicación: LIBRO PRIMERO › PARTE GENERAL › TÍTULO QUINTO. APLICACIÓN DE SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD › CAPÍTULO IX. Libertad Condicionada
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán 28 de julio de 2026
- Fuente: H. Congreso del Estado de Yucatán — Legislación (Códigos) — https://www.congresoyucatan.gob.mx/storage/legislacion/codigos/82f29302c52b8f05f225b761ebba41c0_2026-08-10.pdf
- URL canónica: https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-102/
- Cómo citar: Artículo 102, Código Penal de Yucatán (Yucatán). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-102/
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## Texto

El órgano jurisdiccional, al momento de otorgar la libertad condicionada, además de la referente a que, durante el plazo de la suspensión de la ejecución, la persona no vuelva a ser sentenciada por la comisión de un delito doloso, podrá establecer una o más de las siguientes condiciones:

I.- Residir en un lugar determinado, del cual no podrá ausentarse sin permiso de la autoridad que ejerza sobre él cuidado y vigilancia;

II.- Acreditar, en el plazo que se le fije, el ejercicio de profesión, oficio, arte u ocupación lícitos;

III.- Abstenerse de causar molestias a la víctima, sus familiares o allegados, o cualquier persona relacionada con el delito o proceso;

IV.- Abstenerse del abuso de bebidas alcohólicas y del consumo de estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares, salvo por prescripción médica;

V.- Cumplir con el tratamiento de rehabilitación correspondiente, bajo la vigilancia de la autoridad competente, y

VI.- Las demás que estime pertinentes para el adecuado cumplimiento de la libertad condicionada.

## Citado por

- Artículo 101, Código Penal de Yucatán (Yucatán) — https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-101/
- Artículo 105, Código Penal de Yucatán (Yucatán) — https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-105/

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