# Artículo 102, Ley Agraria

- Ley: Ley Agraria
- Ubicación: TITULO TERCERO. DE LOS EJIDOS Y COMUNIDADES › Capítulo V. De las Comunidades
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de noviembre de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAgra.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-102/
- Cómo citar: Artículo 102, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-102/

## Texto

En los casos en que no exista asignación de parcelas individuales se presumirán iguales, mientras no se pruebe lo contrario, los derechos correspondientes a los comuneros.

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