# Artículo 35, Ley Agraria

- Ley: Ley Agraria
- Ubicación: TITULO TERCERO. DE LOS EJIDOS Y COMUNIDADES › Capítulo I. De los Ejidos › Sección Tercera. De los Organos del Ejido
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de noviembre de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAgra.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-35/
- Cómo citar: Artículo 35, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-35/

## Texto

El consejo de vigilancia estará constituido por un Presidente y dos Secretarios, propietarios y sus respectivos suplentes y operará conforme a sus facultades y de acuerdo con el reglamento interno; si éste nada dispone, se entenderá que sus integrantes funcionarán conjuntamente.

## Artículos relacionados

- Artículo 16, Ley General de Salud — https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-16/
- Artículo 30, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública — https://articuladomx.com/ley-general-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/articulo-30/
- Artículo 33, Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros — https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-33/
- Artículo 18 Bis, Ley del Infonavit — https://articuladomx.com/ley-del-infonavit/articulo-18-bis/
- Artículo 551, Ley Federal del Trabajo — https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-551/

---
Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado.
