# Artículo 45, Ley de Instituciones de Crédito

- Ley: Ley de Instituciones de Crédito
- Ubicación: TITULO SEGUNDO. DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO › CAPITULO II. De las Instituciones de Banca de Desarrollo › SECCIÓN SEGUNDA. De la Inclusión, Fomento de la Innovación y Perspectiva de Género
- Estado: derogado
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de noviembre de 2025
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-45/
- Cómo citar: Artículo 45, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-45/

## Texto

(Derogado)

> Nota de la fuente: Artículo derogado DOF 24-06-2002

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