# Artículo 4, Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

- Ley: Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
- Ubicación: TÍTULO SEGUNDO. DE LOS PRINCIPIOS Y LOS DERECHOS › CAPÍTULO I. DE LOS PRINCIPIOS
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 14 de junio de 2024
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LDPAM.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-de-los-derechos-de-las-personas-adultas-mayores/articulo-4/
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## Texto

Son principios rectores en la observación y aplicación de esta Ley:

I. Autonomía y autorrealización. Todas las acciones que se realicen en beneficio de las personas adultas mayores orientadas a fortalecer su independencia, su capacidad de decisión y su desarrollo personal y comunitario;

II. Participación. La inserción de las personas adultas mayores en todos los órdenes de la vida pública. En los ámbitos de su interés serán consultados y tomados en cuenta; asimismo se promoverá su presencia e intervención;

III. Equidad. Es el trato justo y proporcional en las condiciones de acceso y disfrute de los satisfactores necesarios para el bienestar de las personas adultas mayores, sin distinción por sexo, situación económica, identidad étnica, fenotipo, credo, religión o cualquier otra circunstancia;

IV. Corresponsabilidad. La concurrencia y responsabilidad compartida de los sectores público y social, en especial de las comunidades y familias, para la consecución del objeto de esta Ley;

V. Atención preferente. Es aquella que obliga a las instituciones federales, estatales y municipales de gobierno, así como a los sectores social y privado a implementar programas acordes a las diferentes etapas, características y circunstancias de las personas adultas mayores, y

VI. Igualdad Sustantiva. Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

> Nota de la fuente: Fracción reformada DOF 26-01-2005; Fracción reformada DOF 30-03-2022; Fracción reformada DOF 30-03-2022; Fracción adicionada DOF 30-03-2022

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