# Artículo 15, Ley de Migración

- Ley: Ley de Migración
- Ubicación: TÍTULO SEGUNDO. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIGRANTES › CAPÍTULO ÚNICO. DERECHOS Y OBLIGACIONES
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 15 de enero de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMigra.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-15/
- Cómo citar: Artículo 15, Ley de Migración. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-15/

## Texto

El Estado mexicano promoverá el acceso y la integración de los migrantes que obtengan la condición de estancia de residentes temporales y residentes permanentes, a los distintos ámbitos de la vida económica y social del país, garantizando el respeto a su identidad y a su diversidad étnica y cultural.

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