# Artículo 19, Ley de Migración

- Ley: Ley de Migración
- Ubicación: TÍTULO TERCERO. DE LAS AUTORIDADES EN MATERIA MIGRATORIA › CAPÍTULO I. DE LA AUTORIDADES MIGRATORIAS
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 15 de enero de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMigra.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-19/
- Cómo citar: Artículo 19, Ley de Migración. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-19/

## Texto

El Instituto es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la misma Secretaría.

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