# Artículo 18, Ley de Vivienda

- Ley: Ley de Vivienda
- Ubicación: TÍTULO TERCERO. DEL SISTEMA NACIONAL DE VIVIENDA › CAPÍTULO III. De la Comisión Nacional de Vivienda
- Estado: vigente
- Texto vigente, última reforma DOF 29 de abril de 2026
- Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LViv.doc
- URL canónica: https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-18/
- Cómo citar: Artículo 18, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-18/

## Texto

Se crea la Comisión como un organismo descentralizado, de utilidad pública e interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Su domicilio será en la Ciudad de México.

La Ley Federal de las Entidades Paraestatales se aplicará a la Comisión en lo que no se oponga esta Ley.

> Nota de la fuente: Párrafo reformado DOF 14-05-2019; Reforma DOF 14-05-2019: Derogó del artículo el entonces párrafo tercero

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